(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 10 de octubre de 2017)
BONOS FIDELIZACIÓN DEL
SANTANDER A LOS AFECTADOS DEL POPULAR
COMPENSACIÓN A LOS ACCIONISTAS AFECTADOS POR LA CAÍDA DEL POPULAR
La
historia es de sobra conocida, antes del verano, el Banco Popular se fue a
pique y fue comprado por el Santander, por 1 €. Accionistas
y bonistas del Popular se quedaron sin nada. Salvo el derecho al pataleo y a
acudir a los tribunales.
Ahora
el banco Santander les hace una oferta económica a algunos de estos afectados
que perdieron sus acciones y sus bonos. Y
remarco el dato, oferta sólo para algunos de los afectados.
Aquí
en Villacarrillo y en la comarca hay cientos de clientes del Popular que se
quedaron sin sus acciones o sus bonos. O sea, que esto les interesa
sobremanera.
¿Y EN QUÉ CONSISTE ESA OFERTA?
Los
accionistas no van a recibir dinero, sino un producto que llaman “bonos de
fidelización”, por el mismo valor que pagaron por sus acciones o sus
obligaciones subordinadas.
Condiciones
para acogerse a la oferta:
1º.
Renuncian
a cualquier acción legal contra el banco. De lógica.
2º. Es una oferta limitada. Para que puedas acogerte
a ella necesitas:
§ Haber comprado acciones en la ampliación de
capital de mayo de 2016.
§ O, haber comprado obligaciones subordinadas
en julio de 2011.
§ Además, a día de hoy tienen que estar
depositadas en el banco Santander o sus filiales (Popular, Pastor , Openbank).
Quienes
invirtieron en fechas distintas o no las tienen en el Santander, quedan
excluidos de la oferta. Además,
sólo te dan el 100% si es < 100.000€. A partir de ahí, es un 75% o un 50%
Y ESOS “BONOS DE FIDELIZACIÓN” ¿EN QUÉ CONSISTEN?
Puede que sea algo durillo de entender. Según
reza son “Obligaciones perpetuas, subordinadas, discrecionales y
contingentemente amortizables”. Que yo
lo leo y digo “Dios santo”.
Voy a
intentar destripar lo que yo he podido entender, después de informarme en
sitios especializados. Aunque creo que ni así acabo de entenderlas bien.
Son
unas obligaciones del Santander, a largo plazo y sin fecha de vencimiento (perpetuas),
con el mismo valor por el que compraste tus acciones.
Son subordinadas
porque, en caso de quiebra del Santander, eres el último que tiene derecho a
indemnización.
Son discrecionales
porque el banco puede dejar de pagar los intereses en cualquier momento.
Incluso eliminarlas completamente, o sea, contingentes.
¿ALGÚN ASPECTO POSITIVO DEBEN
TENER?
Los
bonos te ofrecen un interés del 1% anual los primeros 7 años, después subirán o
bajarán en función de los tipos de interés. A
partir del 7º año, el Santander podría, y digo podría, pagarte en efectivo el
valor del bono. Hay buenas posibilidades que lo haga. Entretanto,
puedes vender tus bonos en Bolsa como si se tratase de una acción. Si hay
alguien que lo compre.
Como
es probable que muchos de los que reciban estos bonos intenten venderlos
rápidamente, por la ley de la oferta y la demanda, muchos vendiendo y pocos
comprando, se estima que se podrán vender, al principio, sobre un 70% de su
valor. Pero esta es una estimación que hasta puede que sea optimista.
Y LO QUE
VAN A PREGUNTAR CADA UNO DE LOS AFECTADOS ¿ME INTERESA ACOGERME A ESTA OFERTA?
Lo que
voy a decir no es un consejo mío, es la opinión generalizada que he sacado de
fuentes solventes.
Si,
interesa.
Primero
porque te van a dar el valor por el que los compraste, 1,25 €, no por lo que
valían cuando el Popular petó y dejó de cotizar, que eran 0,34 €.
Segundo,
porque aunque no se reciba dinero, puedes obtener inicialmente, al menos, sobre
el 70% de la inversión.
Eso
sí, aceptar la oferta supone renunciar a las acciones legales contra el
Santander. Aunque también este camino en los tribunales puede durar años.
Además sí que se pueden ejercer acciones legales contra los antiguos gestores
del Popular. De hecho ya están encausados por falseamiento de las cuentas.
¿HAY
ALGÚN PLAZO?
Fecha
límite, el 7 de diciembre. Pero
si lo tienes claro, es conveniente que te pases ya por el Popular. Y a
partir del 15 de enero vas a poder vender los bonos en bolsa.
Esta
es una consulta que se repite con frecuencia. En
Villacarrillo el rey del ahorro es el depósito a un año, aunque cada vez menos.
5.000,
10.000 0 50.000 € a plazo fijo de un año y con total seguridad.
o
1ª:
FarmaFactoring: 1,15%
o
2ª: CA
Consumer Finance: 1%
o
3ª:
Novobanco (antiguo Banco Espíritu Santo, portugués): 0,8% > 25.000€
Estos
son para depósitos sin gastos, ni vinculaciones ni condiciones. Hay
otras ofertas para otros plazos, 3 meses, 5 años, o con alguna vinculación. Incluso
hay bancos que hace ofertas a clientes muy concretos. Escucha y compara.
Curiosidad
de la semana: DATOS DESCONOCIDOS, Y SORPRENDENTES, DE LA DECLARACIÓN DE LA
RENTA
Cada
año en primavera tenemos una cita con Hacienda, nuestra declaración de la
renta. Para algunos un susto por lo que van a tener que pagar, para otros una
alegría ya que van a recibir la devolución, y para todos un fastidio por el
papeleo.
Hay
algunas cuestiones poco conocidas, que resultan curiosas, incluso chocantes. Y
hoy vamos a mencionar un par de curiosidades.
·
El
dinero que se recibe de los invitados de una boda, hay que declararlo.
o Hacienda lo considera una donación a título
gratuito, por lo que debería ser declarado en el impuesto de donaciones.
o No es normal que Hacienda se meta con ese
dinero, pero puede suceder. Sobre todo si la recaudación de la boda la llevas
de golpe al banco, y Hacienda detecta un ingreso cuantioso cuyo origen tú no
puedes explicar.
o También es cierto que Hacienda se implica
cada vez más, y puedes recibir un requerimiento para para recabar datos de la
boda. Pero aquí lo normal es que persiga a las empresas que te prestaron
servicios de boda: sobre todo el banquete. Por eso, no está de más que guardes
las facturas de la boda.
·
Un
niño de 10 años puede hacer la declaración de la renta.
o La declaración se hace en función de los
ingresos, no de la edad. Sin un niño tiene ingresos, y a veces ocurre, puede
hacer la declaración por su cuenta.
o Otra cosa es que esté obligado. Pero lo
normal es que si tiene ingresos la haga conjuntamente con sus padres.
o Pero podría salirle, en determinadas
circunstancias, más favorable hacerla
individual. Exactamente igual que en un matrimonio, a veces conviene conjunta, a veces separada.
o Pero poder, puede.
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