(Contenido del programa en Cadena Dial Villacarrillo del 29 de mayo de 2018)
DEJAR
BIENES EN HERENCIA A LA CRUZ ROJA
HOY LA ECONOMÍA SE
HACE SOLIDARIA. TU DINERO Y TUS BIENES PUEDEN TENER UNOS FINES NOBLES. VAMOS A
HABLAR DE CÓMO DEJAR UN LEGADO EN HERENCIA A LA CRUZ ROJA
Preciosa palabra
la de solidaridad. Solidaridad con el que más lo necesita. Me gusta mucho más
que beneficencia o limosna, o incluso que ayuda.
Pero no es más
solidario el que más la repite, sino el que lo demuestra con hechos.
Estamos
acostumbrados a hacer alguna aportación a entidades que se dedican a ayudar a
los demás, a los que menos tienen, a los que pasan más dificultades. Son
muchas, ONG, Cáritas, Alzheimer.
Pero hoy estamos
con una que es el icono, el ejemplo de solidaridad, la Cruz Roja. Yo tengo
debilidad por la Cruz Roja, mi padre, Luis Munuera, estuvo en el Comité Local
de Villacarrillo y yo colaboré intensamente en la época de José Ángel Tortosa.
Hoy hemos tenido
en el programa al actual presidente, Juan Ballesteros. Que nos dejó claros
todos los extremos sobre donar bienes en herencia para la Cruz Roja.
· Es posible
dejar parte de nuestros bienes a la Cruz Roja. Y cada año la Cruz Roja
tiene en las herencias una importante fuente de financiación. Aunque lo normal
es que no se conozca, ya que la mayoría de las personas que lo hacen, además de
solidarias, son discretas y no quieren publicidad.
· Lo que hay
que hacer si una persona quiere dejar una parte de sus bienes a la Cruz Roja:
acudir al notario a cambiarlo. Eso sí, teniendo en cuenta la parte de la que
puedes disponer libremente. Ya sabes que los hijos y el cónyuge tienen unos
derechos que tienes que respetar. Y en este programa ya has hablado de esos
derechos.
· No sólo se
puede dejar dinero: puedes dejar cualquier bien, lo que consideres. Puede
ser dinero en efectivo, pero también puede ser otro activo financiero como
acciones o fondos o una vivienda o unas olivas. Cualquier bien.
· La cantidad
en herencia puede ser modesta: desde 1 €. La Cruz Roja te va a agradecer
cualquier aportación, sea la que sea.
· Esta es una
decisión que afecta a los herederos y surge la duda sobre si hay que avisarles. No
es imprescindible, pero es recomendable que si una parte de la herencia va a la
Cruz Roja los herederos no se lleven la sorpresa al abrir el testamento. Es
bueno que conozcan y que compartan esa decisión.
· A la hora
de los impuestos, la persona que hace un testamento siempre está preocupada que
una parte del mismo se vaya en impuestos. La Cruz Roja no es pariente ni
cercano, ni lejano. Afortunadamente, dado el carácter de servicio público
de la Cruz Roja, no paga nada por las herencias recibidas. O sea que el 100% de
tu dinero va a llegar a los proyectos solidarios.
· En cuanto
al destino del dinero que recibe la Cruz Roja de las herencias, el 100% es para
ayuda humanitaria, para desarrollo de comunidades, para la lucha contra la
exclusión social, para asistencia en emergencias, para investigación. En
resumen para ayuda en todas las áreas.
· Otra duda
es si se puede dejar en herencia a la Cruz Roja de tu pueblo para que se quede
en proyectos en tu pueblo. Sí, puedes dejarlo para proyectos de tu
pueblo. En el testamento lo dejas por escrito y en Cruz Roja destinamos
los fondos a lo que hayas decidido.
· Si alguien
quiere más información hay un teléfono específico para esto, el 91 335 44 72, y
también un correo electrónico herencias@cruzroja.es. Y puedes consultar en
este enlace con
información completa.
· Lo mismo
que dejamos bienes a la Cruz Roja, podemos dejarlos a otra ONG, como Médicos
sin Fronteras, Unicef, Asociación del Alzheimer. Funciona igual. El Procedimiento
es el mismo. Tu eres quien decide quién se beneficia de tu generosidad. Todas
merecen recibir ayudas para sus proyectos. Su labor nos convierte en una
sociedad más justa.
Piénsalo, la
generosidad que muestras a lo largo de tu vida puede tener continuidad en
proyectos que transformen y mejoren la realidad en la que viven las personas
más vulnerables, ya sea en nuestro territorio o en los proyectos que la Cruz
Roja tiene por España y por todo el mundo.
CONSULTA DE LA
SEMANA:
Soy Jubilado,
Si vendo mi casa y me quedo con el dinero, ¿me bajan la pensión?
Los
jubilados son un colectivo muy vulnerable, y por lo general muy poco informado,
pero de forma intuitiva ven venir los problemas.
Será la
experiencia. La pregunta es clara, si al vender tu casa y disponer de ese
dinero, te pueden bajar la pensión.
Respuesta
clara: NO.
Las
pensiones contributivas dependen de los años que se ha cotizado y de la base de
cotización, no del dinero que tengas.
O SEA QUE VENDER
LA CASA DE UN JUBILADO NO TIENE CONSECUENCIAS
Ahí te equivocas,
la pensión no te la tocan, pero la venta de tu casa tienes que declararla a
Hacienda.
Si la vivienda que
has vendido es tu residencia habitual, no tiene consecuencias fiscales, no
tienes que pagar. Siempre que tengas más de 65 años. Si tienes 64 años,
espera a cumplir los 65, que no vas a pagar un duro a Hacienda.
También están
exentas las personas en situación de dependencia severa o gran dependencia,
aunque no tengan 65 años.
Pero no cantes
victoria, si Hacienda no te va a cobrar nada, sí que te toca pagar al
Ayuntamiento la plusvalía municipal. De esa no te libras.
Resumiendo, mayor
de 65 años que vende su vivienda habitual, ni le bajan la pensión, ni le cobra
Hacienda, aunque tiene que declarar la venta, sólo papeleo. Pero sí que tienes
que pagarle al Ayuntamiento la Plusvalía Municipal.