martes, 2 de octubre de 2018

Ventajas de un préstamo familiar. Sentencia del TS, Plusvalía Municipal.

NUEVO CURSO PARA EL PROGRAMA FINANZAS PARA TODOS

RETOMAMOS UN PROGRAMA QUE YA ES UN VETERANO EN CADENA DIAL VILLACARRILLO: FINANZAS PARA TODOS
Ya pasamos los 3 años y vamos para los 4. Parece mentira que un tema tan específico, como las finanzas personales, haya dado para más de 100 programas. Entremedias, más de 200 consultas por correo electrónico o personalmente.
Y esas consultas hacia una persona que, como yo, va poco más allá de una cierta capacidad de divulgación y de documentación.

¿QUÉ NOS VAMOS A ENCONTRAR ESTE AÑO?
Si el programa ha funcionado no vamos a hacer revoluciones. Consejos profesionales de cómo invertir nuestros ahorros. Divulgación sobre conceptos financieros, que ayuden a tomar mejores decisiones. Actualidad e información sobre la declaración de la renta, novedades legislativas que afecten a nuestro dinero, sobre la situación de depósitos, préstamos, fondos de inversión. Trámites con los bancos.
En fin, todo cuanto afecte a nuestro bolsillo, aderezado por algunas curiosidades de este mundo financiero.

PRÉSTAMO FAMILIAR


PARA EMPEZAR, TRAES COMO SACARLE VENTAJA A UN PRÉSTAMO FAMILIAR
Este verano han sido tres familias las que me han hecho preguntas sobre esto. Lo que significa que hay interés práctico.
Para ponernos en situación. Es muy frecuente que en una familia los padres den dinero a su hijo o su hija para comprarse un piso, para pagar la boda, para un coche. Quien dice tus padres, dice tu hermano para montar un negocio.
Ese dinero, se devuelva o no, te va a suponer un problema con Hacienda sí o sí. Puede que Hacienda no se entere, pero si lo hace, y cada vez tiene más medios para enterarse, entiende que se trata de una donación y que tienes que pagar los impuestos correspondientes. Puedes evitarlo fácil y legalmente.

¿Y CÓMO TE EVITAS ESOS PROBLEMAS?
Es muy sencillo: formaliza el préstamo en una escritura pública. Te ahorra un montón de problemas. Es gratis y no hace falta notario. Te explico:
1º: Tenéis que firmar un contrato privado, con los datos de quien da y quien recibe: cantidad, la finalidad, plazos y forma para devolverlo, con o sin intereses.
Quien quiera un modelo que me lo pida a través de mi web www.sebastianmunuera.com
2º: Con tres copias del contrato, acude a la Consejería de Hacienda de la comunidad autónoma, en Villacarrillo en el Registro. Lo presentas y rellenas un modelo 600 (ITP), con los datos del préstamo. Y añades, para que te salga gratis, “exento por el artículo 45.1.B 15 del RDL 1/93”. Te lo sellan y te llevas tu copia.
3º: Para demostrar que se entrega el dinero, no lo hagas en efectivo, haz una transferencia indicando en el concepto que es un préstamo familiar y la finalidad.
4º: Las devoluciones, que te las hagan mensualmente por transferencias, durante el plazo que indica el contrato, indicando “devolución de préstamo familiar”. 
Y ya tienes inmunidad ante Hacienda: legal y gratis.
Dos consejos: guarda los recibos de todas las transferencias, no los tires. No tienes que declarar nada en la renta, salvo cuando el préstamo sea con intereses, en ese caso, incluye como ingresos sólo los intereses.

LUEGO ESTARÁ LA PICARESCA Y ESOS PAGOS MENSUALES LOS PADRES SE LOS VUELVEN A DAR A SUS HIJOS, YA SIN PELIGRO POR SER CANTIDADES PEQUEÑAS  
Evidentemente yo ni voy a entrar ahí, en lo que cada cual haga con los 100, 300 o 500 € de devolución mensual. Hemos explicado el mecanismo legal y aquí no voy a aconsejar ninguna picaresca.

 SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO: PLUSVALÍA MUNICIPAL

EL TRIBUNAL SUPREMO HA DICTADO SENTENCIA CON LA PLUSVALÍA MUNICIPAL EN CASO DE PÉRDIDAS, Y QUE PUEDE SUPONER VARIOS MILES DE EUROS A CADA AFECTADO
Sentencia del Tribunal Supremo: si has vendido un inmueble, un piso, un solar, y has tenido pérdidas, reclama la plusvalía municipal. Son varios miles de euros.

EN QUÉ CONSISTE
La plusvalía (IVTNU) es un impuesto que pagas al Ayuntamiento cuando vendes una casa o un piso o un solar. Y también pagas si la casa te llega por una herencia. El ayuntamiento hace el cálculo: al valor catastral del suelo le aplica un porcentaje según el número de años que haya permanecido en poder de quien lo transmite.
En realidad no pagas por lo que le has ganado a la casa, pagas según una tabla. Es decir, ganes mucho, ganes poco o pierdas con la venta, pagas lo mismo.
Ahora el Tribunal Supremo dictamina que si la casa se vende por menos de lo que lo que te costó, no ha habido ganancia, no ha habido plusvalía y no se puede gravar un dinero que no has ganado. Y esas pérdidas se han dado mucho con la crisis.
Hasta ahora el Ayuntamiento te cobra el impuesto ganes o pierdas. Y el Tribunal Supremo dice que no es legal.
Desde luego aquí el ayuntamiento de Villacarrillo, y otros, se está haciendo el loco, y sigue cobrando lo que no es legal, según el Tribunal Supremo.

¿DE QUÉ CANTIDADES ESTAMOS HABLANDO?
Depende del valor del inmueble y de los años que lleve en propiedad de la persona que lo transmite, pero tranquilamente pueden ser 3.000 €, y llegar a los 20.000 €. Además, es el propietario el que debe demostrar que efectivamente ha tenido pérdidas en la venta. Lo más normal es con las escrituras públicas.

SI YO HE PERDIDO DINERO EN LA VENTA, O MI HERENCIA VALE MENOS QUE CUANDO LA COMPRÓ MI PADRE, ¿QUÉ HAGO?
El proceso de reclamación no es simple. Necesitas presentar una rectificación de la liquidación, hacer alegaciones, presentar recursos, documentación.
Es recomendable que te acerques a tu gestoría, a tu asesor fiscal o a tu abogado. Que no los tienes o no quieres, puedes acudir a la OCU, que tiene una asesoría jurídica, o si tienes una asistencia jurídica como la de Legálitas, pues eso. Incluso aquí una recomendación: tenemos seguros del hogar que en ocasiones incluyen asesoría jurídica, y que puede ser muy útil para todos estos casos.
Y vuelvo a decirlo, pregunta cuánto te cobran y cuanto puedes recuperar. Tienes que echar cuentas para saber si te merece la pena acudir a un pleito. A veces se te va lo comido por lo servido. 
Es una pena que los ayuntamientos no hayan arbitrado un procedimiento para que al propietario no pague lo que no debe pagar, lo que es ilegal pagar.

Curiosidad de la semana: EL ANUNCIO DE IKER CASILLAS

Iker Casillas en un anuncio de TV de un bufete de abogados, para captar clientes para litigios con las cláusulas hipotecarias con los bancos, como puede ser tu caso. 
Yo soy muy crítico con estas apariciones de famosos, por varios motivos.
1. Iker Casillas no es un afectado de los préstamos hipotecarios.
2. Iker Casillas no tiene ni idea de como se lleva un litigio hipotecario.
3. Iker Casillas no es socio de este bufete de abogados.
4. Iker Casillas se limita poner la cara y llevarse el dinero.
La única función de Iker Casillas en el anuncio es de señuelo. En los anuncios donde aparecen famosos sobre cuestiones financieras, no te fíes, el famoso tiene menos idea que tú. Si alguien necesita colocar a un famoso para venderte un producto, desconfía.

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