viernes, 14 de mayo de 2021

QUÉ SON LOS BIENES MOSTRENCOS

 (Contenido del programa en DIEZTV, del 18 de mayo de 2021)

DESDE LUEGO EL NOMBRE LLAMA LA ATENCIÓN, Y UNO SE IMAGINA COSAS RARAS. PERO NO VAMOS A TARDAR EN ENTERARNOS



Los bienes mostrencos son aquellas viviendas, terrenos, dinero, propiedades, que no tienen un poseedor conocido. O sea, aquellas que se desconoce su dueño.

El nombre le viene de una ley de 1835, que establecía que esos bienes de dueño desconocido pasasen a ser del Estado.

Y además de este tipo de bienes incluía los buques que naufragasen en las costas españolas, los tesoros escondidos en terrenos del Estado y los bienes quien hubiese muerto sin herederos.

A estos, esa ley les llamaba bienes mostrencos. Aunque el uso que solemos darle a la palabra es ignorante o torpe. Pero ambas definiciones las reconoce la RAE.

UNA LEY DE 1835, PUES YA LA PODÍAN HABER ACTUALIZADO

De hecho es así. En 2003 la ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas pasó a llamarlos inmuebles vacantes, o depósitos abandonados.

Pero, como puedes suponer lo que no cambió es que esos bienes, vacantes o abandonados, pertenecen a la Administración General del Estado.

¿Y DE VERDAD HAY POR AHÍ VIVIENDAS O DINERO ABANDONADOS?

No te vas a encontrar un piso amueblado, con calefacción y la cocina completamente equipada, pero haberlos háilos.

Y existe un abanico de posibilidades amplio.

Están las viviendas abandonadas, sobre todo en pueblos con fuerte emigración en la que los hijos o los nietos de los propietarios ya ignoran esa propiedad.

Está ese terreno abandonado, que el lindero ha acabado cultivando.

O los objetos valiosos que llevan un montón de tiempo enterrados y salen a la luz.

Y están los más frecuentes, los bienes de las personas que han fallecido sin herederos y sin dejar testamento.

En cada caso la ley determina cual es el proceso para integrarlos al Estado.

HACE UN PAR DE AÑOS YA VIMOS EN UN PROGRAMA QUE EN EL TEMA DE LOS FALLECIDOS SIN HEREDEROS, SE PODÍA CONSEGUIR UNA RECOMPENSA

Lo comentábamos en aquel programa, pero lo vamos a recordar brevemente.

Es un caso especial, que puede interesar a alguna de las personas que nos están viendo o escuchando hablar sobre los bienes mostrencos.

Si una persona muere sin herederos, ni hijos, ni padres, ni hermanos, ni tíos, ni sobrinos, todos sus bienes, dinero, vivienda, olivas, todo pasa al Estado. Por supuesto, si no ha hecho testamento.

Pero el Estado tiene un problema, mientras no se entera, no recibe. Y le conviene enterarse cuanto antes.

Resulta que la misma que mencionábamos de 2003 sobre Patrimonio de las Administraciones Públicas, dice que quien avise de uno de estos casos, recibe el 10% de la herencia. Un incentivo para que el Estado no pierda esa herencia.

O SEA, QUE SI YO ME CHIVO A HACIENDA DE QUE MI VECINO SE HA MUERTO SIN PARIENTES Y HA DEJADO UNOS CUANTOS BIENES, ME DAN EL 10%

Como suena, te dan el 10% si se cumplen esas condiciones, que no tenga herederos obligatorios, ni haya hecho testamento. Porque si ha hecho testamento, ya designa quien va a heredar, aunque no sea pariente.

Hay algunas excepciones. Para evitar abusos de poder, la ley excluye de obtener ese 10% a las personas que tengan ese conocimiento por razón de su cargo. Un ejemplo muy claro pueden ser los responsables de una residencia de la 3ª edad donde ha vivido el anciano.

YA QUE ESTAMOS, PODEMOS RECORDAR EL PROCEDIMIENTO, POR SI A ALGUIEN SE LE HA ENCENDIDO LA BOMBILLITA

No es complicado. Tú vas a Hacienda y adviertes del hecho, por escrito.

Hacienda comprueba el fallecimiento y que no hay herederos. Y herederos pueden ser hasta el cuarto grado, o sea, hasta primos hermanos.

Se publica en el BOE la declaración de heredero abintestato a favor del Estado y se informa en el tablón de anuncios del pueblo donde viva.

Pasado el plazo se cierra el proceso y se paga el 10%.

Ya avisábamos de que existen los cazaherencias, que son despachos de genealogistas que buscan bienes y viviendas abandonados para comprobar si su propietario ha muerto y avisar a los parientes. Por supuesto cobrando una comisión.

Sea como sea, en todos los casos que hemos comentado, si te encuentras en alguno de ellos, tanto de los bienes mostrencos, como de un fallecimiento sin herederos, visita a un abogado, que te trae cuenta.

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