(Contenido del programa en DIEZTV, del 14 de febrero de 2023)
CHEQUE DE 200 €, QUIÉN, CÓMO Y CUÁNDO PUEDE COBRARSE
ATENCIÓN, PORQUE SE TRATA DE
UN CHEQUE DE 200€ PARA PERSONAS Y FAMILIAS VULNERABLES.
En
diciembre pasado, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunciaba un decreto anticrisis para paliar la notable subida
de precios que se ha producido en nuestro país.
Las
causas de esa subida son conocidas. Desde la guerra de Ucrania hasta la crisis energética. Todos
hemos sufrido un encarecimiento de la vida que a muchas familias humildes las
ha puesto contra las cuerdas.
Entre esas
medidas para hacer frente a esta situación, se encuentra la rebaja del IVA en alimentos
de primera necesidad y, y aquí vamos a centrarnos, un cheque de 200 euros para
las familias vulnerables.
Tantas
dudas ha suscitado la aplicación y la solicitud de este cheque, que el
Ministerio de Hacienda ha publicado en su página web las respuestas a algunas
de las más frecuentes.
Este cheque se está explicando en
todos sitios, pero en este programa, que se dedica a las finanzas, no podemos
dejar de intentar aclarar qué, quién cuándo y cómo se pueden cobrar esos 200€.
LA PRIMERA PREGUNTA Y PRINCIPAL,
¿ESTO, PARA QUIÉN ES?
Literalmente
del decreto: "Es una ayuda que consiste en un pago único de 200 euros,
para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que durante
el 2022 hayan sido asalariados, autónomos, o beneficiarios de la prestación o
subsidio por desempleo".
Se nos
viene a la cabeza preguntar quién puede pedir esos 200 euros.
Respuesta
de la Agencia Tributaria, requisitos:
o Que la persona en cuestión haya tenido
residencia habitual en España a lo largo de 2022. Eso, según la ley, significa
haber residido en territorio español, al menos 183 días.
o Que hayan realizado una actividad por
cuenta propia o ajena por la cual esté dado de alta en el régimen
correspondiente de la Seguridad Social o de la mutualidad.
o O que hayan sido beneficiarios de la
prestación o subsidio por desempleo.
o Que no superen los 27.000 euros íntegros de
rentas. Pero, cuidado, son 27.000€ brutos, sin descontar gastos ni retenciones.
o Que no supere los 75.000 euros de
patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual). Y para
los que no tengan esto claro, consiste en sumar las rentas y el patrimonio del
beneficiario y su cónyuge, o pareja de hecho, de los hijos menores de 25 años,
o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros y los ascendientes
que convivan hasta segundo grado por línea directa.
¿Y QUIÉN SE QUEDA FUERA?
No la
pueden solicitar quienes recibieron el Ingreso Mínimo Vital a 31 de diciembre
de 2022.
Tampoco
quienes recibieran una pensión.
Tampoco
quienes convivieran en 2022 con un familiar administrador de una sociedad
mercantil
Y, AHORA, ¿CÓMO SE SOLICITA LA
AYUDA?
Como apuntan desde el Ministerio de Hacienda, la ayuda puede solicitarse desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023. La Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria tiene habilitado un formulario electrónico que hay que cumplimentar. No tiene pérdida, está en la página principal de la Agencia Tributaria. Y, aviso, es necesario disponer de Cl@ve, de certificado electrónico o DNI-e. Aunque, si no tienes ninguno de ellos, también lo puede presentar otra persona por apoderamiento o colaboración social.
Y, una buena noticia, no es necesario presentar ningún papel, ya que la Agencia Tributaria se encargar de cruzar datos con otras administraciones.
UNOS ÚLTIMOS DATOS
Para
la solicitud se debe indicar el NIF del solicitante y el resto de personas que
convivan en el mismo domicilio, y una cuenta bancaria en la que se realizará el
abono de la ayuda.
Y, si
es aprobada, la persona recibirá dicha ayuda en la cuenta bancaria como muy
tarde el 30 de junio de 2023.
200€
evidentemente no es mucho dinero, pero para quienes lo están pasando pero es
una pequeña ayuda. Y se calcula que lo pueden recibir más de 4 millones de
hogares.
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