(Contenido del programa en DIEZTV Villacarrillo, del 28 de mayo de 2024)
LOS
CÓNYUGES Y LOS HIJOS SON HEREDEROS OBLIGATORIOS, SEGÚN LA LEY. PERO CADA
FAMILIA ES UN MUNDO Y ALGUNOS SE PREGUNTAN SI ES POSIBLE DEJAR TESTAMENTO SIN
INCLUIR A LA PAREJA O A UN HIJO
Este
mes pasado ya dediqué varios programas sobre herencias, porque es un tema
que nos toca en algún momento de nuestra vida al 100% de las personas, unas
para heredar y otra para dejar nuestra herencia.
Ya sabemos que una parte de la herencia va, queramos o no, a nuestro viudo o viuda y a nuestros hijos, o en algunos casos a nuestros padres. Pero hemos escuchado que hay casos en los que se puede desheredar a uno de estos familiares y queremos saber si es cierto.
· La respuesta correcta es que si es posible, pero sólo en algunas situaciones graves y demostrables. Eso sí, el proceso es complejo y los casos, que vienen regulados en el Código Civil, son muy poco frecuentes. Y además, ten en cuenta que el cónyuge o el hijo puede recurrir esa desheredación.
VEAMOS
ESAS CAUSAS JUSTIFICADAS
· Haber
negado alimentos a los hijos o al cónyuge.
· Haber
sido condenado en juicio por haber atentado contra la vida del testador, de su
cónyuge, descendientes o ascendientes.
· Haber
maltratado al padre o al cónyuge de obra o injuriado gravemente de palabra (y
aquí entraría también el maltrato psicológico)
· Ser
condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad, la integridad
moral y la libertad e indemnidad sexual.
· Ser
condenado por una denuncia falsa contra el testador.
· Obligar
a hacer testamento o cambiarlo con amenaza, fraude o violencia.
· Impedir
al cónyuge o al padre hacer testamento, revocar el que tuviese hecho,
suplantarle, ocultarle o alterar otro posterior.
· En el
caso del cónyuge, haber incumplido grave o reiteradamente los deberes
conyugales.
Eso
sí, los hechos tienen que haber sido denunciados, juzgados y sentenciados por
un juez.
Pero hay un
caso que la gente pregunta con frecuencia: ¿y si se trata de un hijo que ha
abandonado a su padre?
o El mero hecho del abandono no es causa suficiente para desheredar al hijo. Salvo que ese abandono suponga la imposibilidad de sobrevivir económicamente por sus propios medios.
AHORA,
PARA DESHEREDAR HAY QUE SEGUIR UN PROCEDIMIENTO
1. Asesórate con un profesional, que esto es
un trámite simple.
2. Hay que comprobar los hechos: se necesitan
evidencias de las causas para desheredar, como documentos, fotografías,
informes policiales, testigos o cualquier otro que te ayude a sostener que la
situación es inaceptable.
3. Presentar una denuncia ante los tribunales:
es el juez quien debe determinar si las causas para desheredar al cónyuge son
legítimas o no.
4. Oficializar la desherencia en el testamento,
y una de las cláusulas debe constar que el cónyuge fue desheredado.
Aunque si quieres desheredar a alguien hay un procedimiento la mar de simple, fúndete tus bienes en vida y disfruta de ellos