miércoles, 12 de febrero de 2025

BONO SOCIAL ELÉCTRICO: QUIÉN Y CÓMO PUEDE BENEFICIARSE

         (Contenido del programa FINANZAS PARA TODOS en DIEZTV Villacarrillo, del 18 de febrero de 2025) 

    

HAY FAMILIAS A LAS QUE UN SERVICIO BÁSICO, COMO LA ELECTRICIDAD, LES SUPONE UN COSTE FUERA DE SUS POSIBILIDADES. PARA ESO EXISTE EL BONO SOCIAL ELÉCTRICO. VAMOS A DARLE UNA VUELTA

El bono social consiste en un descuento en la factura de la luz. Se aplica si se tiene contratada una potencia contratada inferior a 10 kW.  Para solicitarlo hay que tener contratada la tarifa regulada PVPC, y la solicitud hay que tramitarla en una de las comercializadoras que ofrecen esta tarifa.

Hay tres categorías, cada una con sus requisitos y sus beneficios que son proporcionales al nivel de vulnerabilidad de cada familia que lo disfruta.

1.     Consumidor vulnerable: con un descuento del 50% del término fijo y del consumo.

2.    Consumidor vulnerable severo. los descuentos suben al 65%.

3.    Consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social. estos tienen la factura de luz gratuita, aunque la administración que se lo ha solicitado asume el 50%.

Para clasificar a un consumidor en alguno de estos grupos se consideran los ingresos, la cuantía de la pensión, en su caso, y si se es familia numerosa. También existe un límite de consumo de electricidad, por encima del cual no se aplican los descuentos, para evitar el derroche de energía. Y Hay una ventaja añadida, los beneficiarios del bono tienen derecho recibir, una vez al año, el bono social térmico, que es una ayuda para pagar los costes de calefacción.

AHORA, ¿QUIÉNES TIENEN DERECHO AL BONO?

1. Los hogares con bajos ingresos: la renta anual de la unidad familiar no puede superar 1,5 veces el IPREM (unos 12.600€), más 0,3 ese IPREM para cada mayor de edad, más 0,5 el IPREM para cada menor de edad.

a. Además, estos límites se incrementan cuando algún miembro de la unidad familiar tiene una discapacidad superior al 33%, cuando es víctima de violencia de género o terrorismo, cuando es parte de una familia monoparental con un menor o cuando está en situación de dependencia de grado II o III.

2. Los hogares con pensión mínima: cuando el titular o los miembros de la unidad familiar son pensionistas con la cuantía mínima.

3. Las familias numerosas.

4. Los hogares que reciben el ingreso mínimo vital.

¿Y CÓMO SE SOLICITA O SE RENUEVA EL BONO SOCIAL?

Se puede solicitar en cualquier momento, para lo que tendrás que presentar una solicitud y algunos documentos, como el DNI, un certificado de empadronamiento, los que certifiquen tu situación familiar y económica. Y hay que presentarlos en tu compañía comercializadora de la luz

Si lo tienes activado, tienen una vigencia de 2 años, y si va expirar el plazo, es la propia compañía la que comprueba si sigues cumpliendo las condiciones de adjudicación para renovarlo. Y si ve que no los cumples, te tiene que avisar.

POR ÚLTIMO ¿CÓMO SE SI CUMPLO LAS CONDICIONES Y DÓNDE LO SOLICITO?

Si lo haces por tu cuenta, en internet puedes buscar “calculadora del bono social”, donde te aparecen varias de ellas, que te van haciendo preguntas y te indican a qué tienes derecho.

Para la solicitud, tienes que tramitarla con tu compañía de la luz. Para eso mira el teléfono de atención al cliente que viene en tus facturas de la luz. Aquí además de indicarte todo lo que necesitas, también te dicen a qué tienes derecho.

Y siempre te queda la opción de acercarte a servicios sociales, donde hacen una labor encomiable y muy profesional para todo el que pide sus servicios.

Y un aviso, estas condiciones son las vigentes a día de hoy. Pero la normativa va a cambiar en los próximos meses.  

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